LA GESTIÓN DE TIEMPO EN EL TRABAJO: ¿PUEDEN LAS EMPRESAS DESCONTAR DE LA NÓMINA POR RETRASOS?

Por JOSÉ LUIS VILAPLANA (@tecnoabogado)

08/12/2023

La gestión de tiempo en el trabajo: ¿Pueden las empresas descontar de la nómina por retrasos?

Introducción

En el dinámico entorno laboral actual, la gestión del tiempo es un aspecto crucial tanto para empleadores como para empleados. Un tema particularmente interesante es si las empresas pueden descontar de la nómina los retrasos de los trabajadores que fichen tarde. Este artículo explora las implicaciones legales y prácticas de esta cuestión, basándose en recientes sentencias y prácticas empresariales en España.

Marco legal y sentencias relevantes

La postura de la Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional ha jugado un papel fundamental en clarificar esta cuestión. En una reciente sentencia, se consideró válida la práctica empresarial de descontar de las nóminas mensuales de los trabajadores los minutos de retraso en el fichaje de entrada, siempre y cuando la empresa tenga instalado un sistema de registro de jornada. Esta decisión es significativa, ya que desestima el recurso interpuesto por los sindicatos y falla a favor de la empresa tras la obligación legal de registrar la jornada de los trabajadores.

Análisis del supuesto de hecho

El caso en cuestión involucraba a una empresa de contact center, que tenía un sistema de control horario y registro. La práctica habitual de la empresa consistía en descontar en la nómina de cada mes la parte correspondiente a los minutos de retraso. Un sindicato llevó este asunto a los tribunales, argumentando que tal práctica era contraria a derecho, constituyendo una multa de haber y una doble sanción para los trabajadores.

Implicaciones legales y razonamiento jurídico

Evaluación de la legitimidad de la práctica

La Audiencia Nacional analizó si era válido descontar directamente de las nóminas mensuales de los trabajadores los retrasos en el fichaje de entrada. Se sostuvo que para que exista multa de haber, es necesario que haya un efectivo devengo del salario. La Sala razonó que la práctica empresarial impugnada no suponía la imposición de una multa de haber, ya que no existía una efectiva prestación de servicios por parte del trabajador durante los períodos de retraso.

Consideraciones sobre el contrato de trabajo

Se argumentó que las obligaciones recíprocas en un contrato de trabajo implican que no se puede reclamar salario por períodos en los que no exista efectiva prestación de servicios. Además, se señaló que la detracción de salarios no supone una doble sanción, ya que responde al desarrollo dinámico de un contrato bilateral y sinalagmático, sin implicar el ejercicio de potestad disciplinaria.

Conclusión de la Audiencia Nacional

La AN finalmente desestimó el recurso interpuesto por el sindicato y consideró ajustada a derecho la práctica empresarial en cuestión. Esta decisión avala la posibilidad de que las empresas con registro horario puedan descontar de la nómina el tiempo de retraso por llegar tarde, siempre que no exista una efectiva prestación de servicios durante esos períodos.

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En conclusión, La decisión de la Audiencia Nacional subraya la importancia del cumplimiento de las normas de tiempo y asistencia en el entorno laboral. Esta sentencia establece un precedente importante en la gestión de recursos humanos, enfatizando la responsabilidad y la reciprocidad en las relaciones laborales.

FUENTE: Legal Today

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“La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho.” – Ulpiano

 

FAQs: Preguntas frecuentes

  1. ¿En qué circunstancias puede una empresa descontar de la nómina por retrasos? Las empresas pueden hacerlo cuando tengan un sistema de registro de jornada y los retrasos no correspondan a una efectiva prestación de servicios.
  2. ¿Qué dice la Audiencia Nacional sobre esta práctica? La AN considera que esta práctica es legal, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones, como la existencia de un sistema de registro de jornada.
  3. ¿Constituye esto una doble sanción para el trabajador? Según la AN, no constituye una doble sanción, ya que la detracción del salario es parte del contrato de trabajo y no implica una sanción disciplinaria.
  4. ¿Cómo afecta esto a los empleados? Los empleados deben ser conscientes de que los retrasos pueden afectar su salario, lo que subraya la importancia de la puntualidad.
  5. ¿Qué papel juegan los sindicatos en este contexto?
    Los sindicatos han intentado impugnar estas prácticas, argumentando que son contrarias a derecho. Sin embargo, según la sentencia de la AN, estas prácticas son legales bajo ciertas condiciones.

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